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Hugo R. Gómez Apac

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No es inconstitucional la Ley 32107, que precisa la aplicación y los alcances de los delitos de lesa humanidad y los crímenes de guerra en la legislación peruana

Fecha: 11/12/2025

Descripción

Mediante sentencia 190/2025 del 18 de noviembre de 2025, el Tribunal Constitucional (TC) ha declarado infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 32107 – «Ley que precisa la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana», publicada en el diario oficial El Peruano el 9 de agosto de 2024, al no haberse alcanzado los cinco votos conformes para declarar su inconstitucionalidad.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional entró en vigor en Perú el 1 de julio de 2002. A partir de esta fecha, son imprescriptibles los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra.

La Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad entró en vigor en Perú el 9 de noviembre de 2003, y nuestro país declaró (reserva) que se adhería a este tratado para la crímenes cometidos con posterioridad a su entrada en vigor.

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