Resumen:
El artículo analiza la licencia obligatoria de patentes por razones de interés público en el marco del derecho andino de la propiedad industrial, a partir de la Decisión 486 y de los criterios interpretativos desarrollados por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA) en la Interpretación Prejudicial 144-IP-2019. El autor parte de la función económica del derecho de patentes como incentivo a la innovación, pero sostiene que dicho derecho no es absoluto y puede ser limitado cuando colisiona con intereses públicos relevantes, como la protección de la salud y la vida.
Se explica que la razón de interés público constituye el género que engloba supuestos como la emergencia sanitaria, la seguridad nacional y otras necesidades sociales, precisando que la concesión de una licencia obligatoria debe realizarse caso por caso, con una motivación suficiente y conforme a un test de razonabilidad (idoneidad, necesidad y proporcionalidad). Asimismo, se destaca que la impugnación de la licencia obligatoria no tiene efecto suspensivo y que el titular de la patente conserva el derecho a percibir una compensación económica justa y a seguir explotando la patente.
Finalmente, el artículo reflexiona sobre la pandemia de la COVID-19 y plantea la necesidad de soluciones articuladas entre el sector público y privado, así como de cooperación internacional, para garantizar el acceso equitativo a medicamentos y vacunas sin desincentivar la innovación. 
ISBN/ISSN:
Revista/Libro:
Columna "Voto Disidente", Pólemos – Portal Jurídico Interdisciplinario, Asociación Civil Derecho & Sociedad de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 16 de junio de 2021.
Editorial:
Columna "Voto Disidente", Pólemos – Portal Jurídico Interdisciplinario, Asociación Civil Derecho & Sociedad de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 16 de junio de 2021.
Volumen:
16 de junio de 2021
Número:
16 de junio de 2021
Palabras Clave: