Resumen:
El artículo sostiene que una fiscalización ambiental eficiente exige financiamiento estable y reglas claras. Defiende la legalidad del Aporte por Regulación (APR) que percibe el OEFA, conforme a la Ley 30282, para asegurar la sostenibilidad del macroproceso de fiscalización ambiental. Señala la existencia de decisiones judiciales contradictorias y propone evitar esa inconsistencia, privilegiando la seguridad jurídica. Afirma que el OEFA solo recauda lo necesario para cumplir sus funciones y que los recursos se destinan efectivamente a la fiscalización y, de ser el caso, a la remediación ambiental, rechazando que el APR constituya una barrera burocrática ilegal. 
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