Resumen:
La Sentencia 99/2026 del Tribunal Constitucional establece que la prescripción en el derecho administrativo constituye un límite material al ejercicio del poder estatal y no una simple regla de cómputo temporal . Aunque el caso se origina en materia tributaria, el criterio fijado tiene alcance general: solo los actos administrativos válidos pueden interrumpir o suspender el plazo de prescripción.
El Tribunal sostiene que la nulidad tiene efectos retroactivos (ex tunc), de modo que el acto viciado desaparece del ordenamiento jurídico junto con los efectos que pretendía producir. En consecuencia, no resulta constitucionalmente admisible que una actuación declarada nula genere efectos favorables para la Administración, como la suspensión o interrupción de la prescripción.
Este estándar impacta directamente en el procedimiento administrativo sancionador y, especialmente, en el procedimiento administrativo disciplinario. Si el acto de inicio del procedimiento o la imputación de cargos es declarado nulo, se entiende que el plazo prescriptorio nunca se suspendió. Por tanto, si al momento de la nulidad la acción ya ha prescrito, la Administración no puede volver a imputar cargos. El fallo cierra así la posibilidad de procedimientos disciplinarios indefinidos y refuerza la seguridad jurídica como límite efectivo al poder estatal.
ISBN/ISSN:
Revista/Libro:
Columna «Voto Disidente», Pólemos – Portal Jurídico Interdisciplinario, Asociación Civil Derecho & Sociedad de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 18 de febrero de 2026
Editorial:
Columna «Voto Disidente», Pólemos – Portal Jurídico Interdisciplinario, Asociación Civil Derecho & Sociedad de la Pontificia Universidad Católica del Perú, 18 de febrero de 2026
Volumen:
18 de febrero de 2026
Número:
18 de febrero de 2026
Palabras Clave: